Multiriesgos para Administraciones y Consorcios
COBERTURAS
GENERALIDADES
En el Seguro obligatorio de edificios o construcciones de propiedad horizontal, contratado por el Consorcio, la suma asegurada se aplicará en primer término a la cobertura de «partes comunes», entendidas estas conforme a su concepto legal y reglamentario y si dicha suma fuese superior al valor asegurable al momento del siniestro, el excedente se aplicará a las partes exclusivas de cada consorcista en proporción a sus respectivos porcentajes dentro del Consorcio. A su vez, en el Seguro voluntario contratado por un consorcista, la suma asegurada se aplicará en primer término a la cobertura de las «partes exclusivas» del Asegurado y el eventual excedente sobre el valor asegurable de estas se aplicará a cubrir su propia proporción en las partes comunes. Tanto el Administrador del consorcio como el consorcista se obligan recíprocamente a informarse la existencia de los seguros concertados por ellos, con indicación de las sumas aseguradas y demás condiciones del mismo.
Para suscribir sumas superiores a las indicadas como máximas en cada ítem, se deberá consultar a la Compañía.
El límite máximo de sumas para Responsabilidad Civil es de $ 4.000.000.- por todo concepto (General, Ascensores, Linderos). Al igual que lo indicado precedentemente, para suma total superior se deberá requerir autorización a la Aseguradora.
COBERTURAS OBLIGATORIAS
Es imprescindible contratar mínimamente tres riesgos, siendo obligatorios los de Incendio Edificio, Cristales y Responsabilidad Civil General.
RIESGOS NO ACEPTADOS
- Consorcios con locales dedicados o que involucren: Combustibles o inflamables.
- Explosivos, armas y pirotécnica.
- Garrafas de gas.
- Boites, discotecas o salones bailables.
- Salas de videojuegos.
- Organizaciones políticas, gremiales.
- Edificios que no cumplan con las reglamentaciones municipales.
MAS BENEFICIOS
En caso de no ser aceptado el presupuesto, la reparación se hará hasta concurrencia del monto asegurado de $ 150.-, siempre que ello sea factible.
CRISTALERÍA
En caso de rotura de vidrios verticales que formen parte del cerramiento de la planta baja del edificio beneficiario, el prestador enviará con la mayor prontitud posible, un operario que procederá a la reposición del elemento afectado por la rotura.
Los costos de la reposición, la forma de hacerla y su financiamiento, serán a cargo del prestador hasta un máximo de $ 150.- por cada servicio y con un límite máximo de (3) tres servicios por cada año de vigencia de la póliza.
VIGILANCIA
Cuando el edificio beneficiario no presente seguridad a causa de los servicios descriptos anteriormente y se vuelva vulnerable, el prestador enviará con la mayor prontitud posible, el servicio de vigilancia, permaneciendo vigente hasta que el edificio restablezca las condiciones habituales de seguridad.
Los costes del servicio de vigilancia, serán a cargo del prestador hasta un límite máximo de 72 horas, por año de vigencia de la póliza.
EMERGENCIAS MÉDICAS
La presente prestación se hará efectiva en todos los casos donde la sintomatología informada por el solicitante del servicio refiere a un cuadro agudo el cual requiera una atención inmediata y que se produzcan en los espacios comunes del edificio beneficiario a causa de un accidente.
La prestación comprenderá la atención, el diagnóstico presuntivo, medidas y/o tratamientos preliminares de emergencias que el personal médico de que el prestador determine y el eventual traslado hasta el sanatorio, clínica u hospital que corresponda.
Este beneficio se brinda únicamente en el edificio declarado al momento de contratar el servicio sin límite de requerimientos por domicilio.
TRANSMISIÓN DE MENSAJES URGENTES
La petición del beneficiario, el prestador se encargará de transmitir mensajes, relacionados con siniestros de incendio rayo o explosión, del integral de consorcio beneficiario, para una o más personas residentes en cualquier país del mundo.
INFO 24
Servicio constituido por la prestación de información para los beneficiarios de la Aseguradora, las 24 horas los 365 días del año, a través del cual los beneficiarios podrán acceder a distintos servicios informativos del territorio de la República Argentina, tales como: información turística, servicios de rutas, servicios públicos, ocio, deportes, servicios financieros, movilidad.