HECHO NO CUBIERTO POR EL SEGURO: una persona condenada a pagar indemnización por haber atropellado accidentalmente a su nieta.
Un abuelo fue condenado a pagar $275.000 por haber atropellado y matado, por descuido, a su nieta de un año y medio mientras estacionaba en el garege de su casa en un barrio porteño.
El episodio que generó la demanda que concluyó con el fallo de la Cámara Nacional en lo Civil se registró en la Ciudad de Buenos Aires el 7 de febrero de 2006, cuando el abuelo entraba con una camioneta Traffic al garaje de su vivienda, en un barrio porteño.
Debido a la talla de la pequeña -85 centímetros- el hombre no pudo verla cuando la niña se cruzó delante del rodado.
En sede penal la causa se cerró sin acusación, pero ante la justicia civil, aunque había sido favorecido en primera instancia -donde se responsabilizó a la madre de la niña-, se determinó la culpa del abuelo.
La Sala H de la Cámara, integrada por Jorge Mayo, Liliana Abreut de Begher y Claudio Kiper, consideró que «la circunstancia de que la menor tuviese una talla reducida que impedía su visualización desde el interior de la camioneta, no es óbice para declararlo (al abuelo) civilmente responsable por el hecho».
El tribunal eximió a la madre -de 37 años de edad al momento del hecho- por el cuidado de la pequeña y dijo que la propia víctima que «se interpuso en la línea de marcha que efectuaba el demandado al mando de su camioneta, resultando su conducta un factor concausal en la producción de su propio daño».
Esa evaluación llevó al tribunal a reducir en un 50 por ciento el monto de la condena que el demandado debe satisfacer en concepto de la «pérdida de chance» de la madre de la menor, según informó Télam.
(Fuente: Iprofesional)
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