ULTIMO MOMENTO:
la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION (S.S.N.) dictó la prohibición a INTERACCION ART para celebrar nuevos contratos y esta alcanza también a las renovaciones automáticas de los contratos establecida por el apartado 4. del artículo 27 de la Ley N° 24.557.
En consecuencia la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) emitió la Resolución 322/2016 en donde establece que para este tipo de casos en donde una A.R.T. no puede emitir la renovación de sus contratos, se aplicará el mismo procedimiento que se utiliza para los empleadores de casas particulares que no suscriban una Solicitud de Afiliación.
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