El Estado, el propietario y el piloto de una avioneta condenados por un accidente mortal.
La Cámara Civil y Comercial Federal condenó al Estado Nacional, a un piloto y al propietario de una avioneta que cayó en 2002 sobre el techo de una vivienda a pagar una indemnización de un millón de pesos a la familia de un hombre muerto por ese hecho.
El hecho ocurrió el 24 de julio de 2002 cuando la aeronave Cessna 310 que piloteaba Leandro Javier Saldana cayó a raíz de quedarse sin combustible y a poco de despegar desde el aeródromo de Don Torcuato. Según consta en la causa, fue una de las alas del avión la que impactó en la casa, pero al seguir su recorrido se estrelló en un baldío y sus tres ocupantes del Cessna murieron.
A raíz del accidente, murió el mecánico Gustavo Alejandro Moscovich y su esposa y sus hijos interpusieron una demanda a los herederos del piloto, al dueño del Cessna, y al Estado Nacional por sus presuntas responsabilidades en el hecho.
Ahora, la Sala III del Tribunal, con las firmas de los jueces Graciela Medina y Ricardo Recondo, entendió que el avión cayó porque el piloto desconocía cómo manejarlo.
Para el Tribunal, el accidente ocurrió por «el desconocimiento por parte del piloto del material de vuelo a utilizar y de los procedimientos normales y de emergencia para la operación de la aeronave, su escasa experiencia en vuelo, en particular bimotores, y de la deficiente preparación y planificación de vuelo».
El piloto «no identificó la causa de detención de los motores, ya que de lo contrario hubiera cambiado la posición de las válvulas selectoras de combustible a tanques auxiliares, con lo cual los motores podrían haber recuperado su normal funcionamiento», según señalaron los jueces.
El Tribunal condenó también al Estado «por no efectuar el contralor de la idoneidad del piloto y su conocimiento acerca de la aeronave que iba a volar y su sistema operativo».
«La Fuerza Aérea Argentina admitió que le compete a la autoridad aeroportuaria comprobar la documentación que reglamentariamente deben llevar las aeronaves y las tripulaciones en cuanto a la idoneidad, adaptación, experiencia y demás capacidades que deban poseer», añadió el Tribunal.
Así, los jueces responsabilizaron en un 50 % de responsabilidad al piloto; un 25 % al propietario de la nave, y el resto el Estado Nacional; y la indemnización que fijaron es de unos $ 570 mil más los intereses a contar desde el momento en que ocurrió el siniestro.
(Fuente «Tiempo de Seguros»)
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